
en la Gaceta Parlamentaria y en el micrositio de las comisiones de Derechos Humanos y de Justicia.
También, indicaron que, la persona que resulte electa durará en el encargo cinco años, podrá ser reelecta por una sola vez y sólo podrá ser removida de sus funciones en los términos del Título Cuarto de la Constitución.
En ese sentido, refirieron que en caso de que la presidenta actual de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos decida participar en el proceso, en ejercicio de su derecho para ser considerada para un segundo periodo, podrá registrase formalmente en el plazo en el que se encuentre abierta la convocatoria y comparecer en igualdad de condiciones que las demás personas candidatas.
Destacaron que el procedimiento de votación por cédula en el pleno para la elección del titular de la CNDH se determinará por acuerdo de la Mesa Directiva.
Los y las senadoras, acordaron llevar a cabo un procedimiento de consulta pública transparente, de máxima publicidad y que se apegará a los términos y condiciones que determina la ley.



