{"id":20247,"date":"2025-10-29T14:30:53","date_gmt":"2025-10-29T20:30:53","guid":{"rendered":"https:\/\/sientetupasion.com\/?p=20247"},"modified":"2025-10-29T14:30:53","modified_gmt":"2025-10-29T20:30:53","slug":"ricardo-monreal-propone-reformas-para-proteger-a-usuarios-frente-a-practicas-abusivas-de-la-banca","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sientetupasion.com\/index.php\/2025\/10\/29\/ricardo-monreal-propone-reformas-para-proteger-a-usuarios-frente-a-practicas-abusivas-de-la-banca\/","title":{"rendered":"Ricardo Monreal propone reformas para proteger a usuarios frente a pr\u00e1cticas abusivas de la banca"},"content":{"rendered":"<p align=\"justify\">La iniciativa modifica diversos art\u00edculos de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros<\/p>\n<p>\u2022\u00a0 \u00a0 Proh\u00edbe que las instituciones financieras generen cobros por anualidades, comisiones u otros conceptos asociados a productos no solicitados<\/p>\n<p align=\"justify\">\nEl presidente de la Junta de Coordinaci\u00f3n Pol\u00edtica y coordinador del grupo parlamentario de Morena, diputado Ricardo Monreal \u00c1vila, impulsa una iniciativa para proteger a los usuarios frente a la pr\u00e1ctica de emitir tarjetas de cr\u00e9dito o d\u00e9bito sin consentimiento expreso, as\u00ed como evitar que las instituciones financieras generen cobros por anualidades, comisiones u otros conceptos asociados a productos no solicitados.<\/p>\n<p>La propuesta busca reformar el art\u00edculo 18 Bis, fracci\u00f3n I, adicionar una fracci\u00f3n al art\u00edculo 4 Bis y los art\u00edculos 18 Bis 9, 18 Bis 10, 18 Bis 11 y 18 Bis 12 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.<\/p>\n<p>Monreal \u00c1vila refiere que con estas adecuaciones se establece que las entidades financieras no podr\u00e1n cobrar comisiones por el otorgamiento de servicios financieros, seguros, membres\u00edas o beneficios adicionales no autorizados previamente en el Contrato de Adhesi\u00f3n o sin el consentimiento expreso del usuario.<\/p>\n<p>Propone que las entidades emisoras de Medios de Disposici\u00f3n consistentes en tarjetas de cr\u00e9dito o d\u00e9bito deber\u00e1n garantizar que toda informaci\u00f3n relativa a costos, cargos y comisiones asociados al producto sea clara, veraz y suficiente, de conformidad con los principios de transparencia, buena fe y protecci\u00f3n al usuario.<\/p>\n<p>En su iniciativa se\u00f1ala que queda prohibida toda oferta, promoci\u00f3n o mensaje que, de manera directa o indirecta, induzca al usuario a considerar que los Medios de Disposici\u00f3n carecen de costos cuando generen comisiones, anualidades, cargos adicionales o cualquier otra contraprestaci\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>En tanto, las entidades emisoras de Medios de Disposici\u00f3n consistentes en tarjetas de cr\u00e9dito o d\u00e9bito deber\u00e1n garantizar al usuario el derecho de cancelarlas de manera presencial, telef\u00f3nica y digital.<\/p>\n<p>Al momento en que la persona usuaria solicite la cancelaci\u00f3n, la entidad emisora deber\u00e1 realizar de manera inmediata un bloqueo preventivo, entendido como la suspensi\u00f3n temporal de toda transacci\u00f3n o cargo asociado a la tarjeta, con el fin de evitar operaciones mientras se formaliza la cancelaci\u00f3n definitiva del contrato o Medio de Disposici\u00f3n.<\/p>\n<p>Los mecanismos de cancelaci\u00f3n y bloqueo deber\u00e1n estar disponibles de forma presencial, telef\u00f3nica y digital, incluyendo aplicaciones m\u00f3viles, banca en l\u00ednea y portales web oficiales, mediante botones visibles y de acceso directo, disponibles las veinticuatro horas del d\u00eda, los trescientos sesenta y cinco d\u00edas del a\u00f1o.<\/p>\n<p>En el caso de la cancelaci\u00f3n de los Medios de Disposici\u00f3n consistentes en tarjetas de cr\u00e9dito o d\u00e9bito deber\u00e1 efectuarse en un plazo m\u00e1ximo de tres d\u00edas h\u00e1biles a partir de la solicitud del usuario, realizarse sin costo alguno para el usuario, prohibi\u00e9ndose cualquier cargo, comisi\u00f3n o penalizaci\u00f3n asociada a la cancelaci\u00f3n y formalizarse mediante prueba digital o f\u00edsica que certifique la terminaci\u00f3n del contrato o, en su caso, la cancelaci\u00f3n del Medio de Disposici\u00f3n.<\/p>\n<p>El diputado Ricardo Monreal plantea que la emisi\u00f3n de un Medio de Disposici\u00f3n consistente en tarjetas de cr\u00e9dito o d\u00e9bito sin el consentimiento expreso y verificable de la persona usuaria ser\u00e1 nula de pleno derecho y no se generar\u00e1 obligaci\u00f3n alguna, ni ser\u00e1 necesaria su cancelaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Se estipula en su propuesta que queda prohibido generar cargos por anualidad, comisiones u otros conceptos asociados a dichos Medios de Disposici\u00f3n, as\u00ed como cualquier efecto en el historial crediticio, comportamiento de pago o falta de uso.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, las entidades emisoras deber\u00e1n reembolsar los montos cobrados de manera indebida en un plazo m\u00e1ximo de cinco d\u00edas h\u00e1biles, contado a partir de la recepci\u00f3n de la reclamaci\u00f3n presentada por la persona usuaria directamente ante la entidad emisora, o a partir de la notificaci\u00f3n que de dicha reclamaci\u00f3n realice la autoridad competente.<\/p>\n<p>La vigilancia de estas disposiciones corresponder\u00e1 a la Comisi\u00f3n Nacional para la Protecci\u00f3n y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros respecto de las entidades financieras, y a la Procuradur\u00eda Federal del Consumidor en el caso de emisores comerciales, sin perjuicio de las sanciones aplicables.<\/p>\n<p>Al argumentar su propuesta, el diputado Monreal \u00c1vila considera que estas adecuaciones normativas garantizar\u00e1n que la cancelaci\u00f3n de tarjetas de cr\u00e9dito o d\u00e9bito sea un derecho real y efectivo para los usuarios.<\/p>\n<p>Indic\u00f3 que esta iniciativa es oportuna, toda vez que de acuerdo con la Comisi\u00f3n Nacional para la Protecci\u00f3n y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) en 2024 sus unidades de atenci\u00f3n recibieron 251 mil 528 reclamaciones, siendo los principales productos motivo de queja las tarjetas de cr\u00e9dito, de d\u00e9bito y los cr\u00e9ditos personales.<\/p>\n<p>De ese total, 7 mil 594 casos correspondieron a solicitudes de cancelaci\u00f3n de productos o servicios no atendidas o no aplicadas, lo que convirti\u00f3 a la cancelaci\u00f3n en la s\u00e9ptima reclamaci\u00f3n de mayor ocurrencia.<\/p>\n<p>Subraya que, aunque el marco normativo reconoce el derecho de las personas usuarias a dar por terminado su contrato en cualquier momento, en la pr\u00e1ctica este principio de libertad contractual enfrenta serias limitaciones.<\/p>\n<p>El problema, refiere, se manifiesta en dos direcciones. Por un lado, la desadherencia contractual: muchas entidades financieras y comerciales exigen tr\u00e1mites presenciales innecesarios, imponen requisitos ambiguos o generan demoras injustificadas que convierten la cancelaci\u00f3n en un procedimiento complejo y desgastante. Por otro lado, la adherencia sin voluntad: proliferan pr\u00e1cticas de emisi\u00f3n de tarjetas de cr\u00e9dito sin solicitud expresa, a menudo bajo promociones o mecanismos poco claros que inducen al error y comprometen a los usuarios sin un consentimiento v\u00e1lido.<\/p>\n<p>\u201cEn ambos casos, se debilita el principio fundamental de que todo contrato requiere una manifestaci\u00f3n libre y consciente de la voluntad. As\u00ed, ya sea al dificultar la salida o al forzar la entrada, se restringe de manera indebida la autonom\u00eda contractual del usuario\u201d, subraya el legislador.<\/p>\n<p>Por lo tanto, precisa, el objeto de estas reformas es garantizar un procedimiento \u00e1gil y eficaz para la terminaci\u00f3n de contratos de tarjetas de d\u00e9bito y cr\u00e9dito, mediante la fijaci\u00f3n de plazos perentorios y condiciones m\u00ednimas de observancia obligatoria para las entidades emisoras, de modo que se asegure el ejercicio efectivo del derecho de cancelaci\u00f3n en cualquier momento, sin dilaciones ni cargas indebidas para las personas usuarias.<\/p>\n<p>Asimismo, reforzar el principio de adhesi\u00f3n voluntaria en la contrataci\u00f3n de servicios financieros, asegurando que ninguna tarjeta sea emitida sin el consentimiento expreso, informado y verificable de la persona usuaria. De esta forma, se busca impedir pr\u00e1cticas de adhesi\u00f3n forzada, encubierta o enga\u00f1osa que contravienen la autonom\u00eda de la voluntad y los principios generales del derecho contractual.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se ampl\u00eda el alcance de la legislaci\u00f3n vigente al reconocer expresamente los canales digitales como v\u00edas v\u00e1lidas para ejercer el derecho de cancelaci\u00f3n, junto con las opciones telef\u00f3nicas y presenciales.<\/p>\n<p>Puntualiza que incorporar medios electr\u00f3nicos y m\u00f3viles responde a la tendencia creciente de los usuarios de utilizar plataformas digitales para la gesti\u00f3n de sus servicios financieros y contribuye a garantizar la accesibilidad, eficacia y simetr\u00eda de medios entre la contrataci\u00f3n y la cancelaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La iniciativa modifica diversos art\u00edculos de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros \u2022\u00a0 \u00a0 Proh\u00edbe que las instituciones financieras generen cobros<span class=\"excerpt-hellip\"> [\u2026]<\/span><\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":20248,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[],"class_list":["post-20247","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-politica"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/sientetupasion.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/20247","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/sientetupasion.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/sientetupasion.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sientetupasion.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sientetupasion.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=20247"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/sientetupasion.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/20247\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":20249,"href":"https:\/\/sientetupasion.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/20247\/revisions\/20249"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sientetupasion.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/20248"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/sientetupasion.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=20247"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/sientetupasion.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=20247"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/sientetupasion.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=20247"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}